Prevención de blanqueo de capitales

  • El blanqueo de capitales es el conjunto de mecanismos encaminados a dar apariencia legal a bienes o activos procedentes de actividades ilícitas. En muchas ocasiones, la actividad del blanqueo involucra a otras empresas que no son conscientes de que están siendo utilizadas para este fin.

     

    Ante la preocupación que planteaba la criminalidad financiera en este ámbito, la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo estableció las medidas preventivas que deben cumplir determinadas empresas como:

     

    • Entidades financieras
    • Casas de cambios o de actividades de giro
    • Promotores inmobiliarios o agencias
    • Casinos de juego
    • Personas que se dediquen a la intermediación de concesión de préstamos o créditos
    • Personas que comercien joyas u otros materiales preciosos, u objetos de arte y antigüedades
    • Notarios, abogados, procuradores, auditores de cuentas, contables externos o asesores fiscales
    • Personas responsables de la gestión, explotación y comercialización de loterías u otros juegos de azar
    • Fundaciones o asociaciones
    • Aquellos que ejerzan actividades de depósito, custodia o transporte profesional de fondos o medios de pago
    • Proveedores de servicio de cambio de monedas virtuales por monedas fiduciarias y los proveedores de custodia de monederos electrónicos.


    Somos una consultora con amplia experiencia en PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES. Nuestro socio-director está registrado ante el SEPBLAC como experto externo.